XII d) Resultados de las pruebas piloto.

NO SE HAN GENERADO LA INFORMACIÓN, TODA VEZ QUE CONFORME AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES LV, LVI Y LVII DEL ARTÍCULO 89, LA FRACCIÓN I DEL 316; Y SE ADICIONAN UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 23; LA FRACCIÓN LVIII AL 89, Y EL TÍTULO SÉPTIMO DENOMINADO DEL VOTO DE LOS POBLANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO AL LIBRO QUINTO, CON SUS ARTÍCULOS 324 BIS AL 324 NONIES, TODOS DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCESOS ELECTORALES DEL ESTADO DE PUEBLA, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EL VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2013, NÚMERO 11, QUINTA SECCIÓN, TOMO CDLXIII. POR EL QUE INDICA QUE LAS DISPOSICIONES RELACIONADAS CON EL VOTO DE LOS POBLANOS EN EL EXTRANJERO SERÁN APLICABLES A PARTIR DEL PROCESO ELECTORAL A CELEBRARSE EN EL AÑO 2018.

Periodo de la actualización de la información: Trianual, sexenal; de acuerdo con cada proceso electoral federal y/o local que corresponda.

Fecha de actualización: 30/09/2016

Fecha de validación: 17/10/2016

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: Dirección de Organización Electoral

Ejercicio en el que se realizó la prueba Periodo País en el que se llevó a cabo la prueba Ciudad en el que se llevó a cabo la prueba Actores involucrados Fundamento jurídico en el que se basaron para llevar a cabo las pruebas Denominación del (los) documentos que regularon las pruebas realizadas Hipervínculo a los resultados obtenidos de la prueba