Puebla • Instituto Electoral del Estado
19 de mayo de 2013. 12:46:27
 



   







◘ Domicilio de la unidad donde se recibirán las solicitudes

Encargada de Despacho: Flor de Té Rodríguez Salazar
Teléfono: 01(222) 303 11 00 Ext. 1298 y Fax. 1206.

Secretaria provisional: Larisa Isela Antolín Espinoza
Teléfono: 01(222) 303 11 00 Ext. 1298.
Lada sin costo en el interior del Estado: (01800) 712-96-94.
Vocal provisional:

Domicilio: Boulevard Atlixco número 2103 Primer piso, Colonia Belisario Domínguez, CP. 72180, Puebla, Pue.

Correo Electrónico: transparencia@ieepuebla.org.mx

Horario de Atención al Público: de lunes a viernes de 09:00Hrs. a 14:00Hrs. a 17:00Hrs. a 20:00Hrs.


◘ Procedimiento y Formato de Acceso a la Información



Reglamento del Instituto Electoral del Estado en Materia de Transparencia y Acceso a la Información


El Instituto Electoral del Estado, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 11 y 18 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla.

Artículo 11
Los Sujetos Obligados deberán publicar, difundir y mantener actualizada en sus sitios web o en los medios disponibles de conformidad con el último párrafo del artículo 17, la información siguiente:

I. El marco normativo aplicable y vigente del Instituto, en el que deberán incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos y políticas emitidas, aplicables al ámbito de su competencia, así como sus reformas;

II. Su estructura orgánica;
(Acuerdo de Junta Ejecutiva IEE/JE-025_13)

III. Sus funciones, objetivos y actividades relevantes;

IV. El directorio de cada Sujeto Obligado de por lo menos los cuatro niveles jerárquicos superiores, que incluya nombre, domicilio oficial, número telefónico oficial y, en su caso, dirección de correo electrónico oficial; destacando los datos correspondientes a los integrantes de la Unidad de Acceso;

V. La síntesis curricular de las personas que ocupan los dos primeros niveles jerárquicos de los Sujetos Obligados;

VI. La remuneración mensual neta, de manera desglosada, de todos los niveles jerárquicos de los Sujetos Obligados, en las diferentes formas de contratación, incluyendo sueldos, prestaciones y sistemas de compensación;

VII. El presupuesto asignado a comunicación social;

VIII. La siguiente información financiera:
a). La Ley de Ingresos.
b). La Ley de Egresos.
c). La información financiera que generen los Sujetos Obligados en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
d). La cuenta pública.

Esta información deberá estar disponible por lo menos cinco años;

IX. La calendarización, las minutas y las actas de las reuniones que por Ley sean públicas de los diversos órganos colegiados;

X. Los instrumentos archivísticos y documentales, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables;

XI. Las auditorías, precisando:
a). Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Sujetos Obligados.
b). El número y tipo de auditorías a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que las llevará a cabo.
c). El número total de observaciones determinadas en los resultados de auditorías concluidas por cada rubro sujeto a revisión.

Esta información deberá estar disponible por lo menos cinco años.

XII. Un listado que relacione los convenios administrativos, de coordinación y colaboración suscritos con otras instancias públicas y privadas

XIII. Las concesiones, permisos, autorizaciones y arrendamientos, en aquellos casos que proceda en los términos de la legislación aplicable;

XIV. Los informes que por disposición legal debe rendir el Sujeto Obligado, la unidad responsable de los mismos, y el fundamento jurídico que obliga a su generación;

XV. Los trámites y servicios que ofrecen, incluyendo información sobre el objetivo, requisitos, domicilio, teléfono, horario de atención, costos, formatos para acceder a los mismos y plazos de respuesta;

XVI. Programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos, y los mecanismos de participación ciudadana;

XVII. Los programas de trabajo anual;

XVIII. Las convocatorias, los fundamentos y motivos legales de los procedimientos de adjudicación, así como sus resultados, en los casos que proceda, y los contratos que deriven de los mismos;

XIX. Los informes de avances sobre las obras contratadas;
(No Aplica)

XX. Padrón de proveedores y contratistas;

XXI. Los indicadores de gestión que determinen los Sujetos Obligados con la fórmula del indicador y la explicación de variables;

XXII. Los trámites, requisitos y formatos para realizar una solicitud de acceso, las solicitudes recibidas y las respuestas dadas a éstas;

XXIII. Las preguntas frecuentes formuladas a los Sujetos Obligados; y

XXIV. Las demás que establezca la legislación vigente, o bien la que los Sujetos Obligados consideren relevantes y de interés público.
La información a que se refiere este artículo estará disponible de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas, y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.


Artículo 18
Además de lo señalado en el artículo 11, el Instituto Electoral del Estado de Puebla, mantendrá actualizada en el sitio web respectivo, la información siguiente:

I. Los informes que presenten los partidos políticos;

II. Los expedientes sobre los recursos y quejas administrativas que para tal efecto se hubiesen interpuesto en los términos de la legislación electoral vigente en el Estado;

III. Las actas y los acuerdos del Pleno, así como las versiones estenográficas de las sesiones;

IV. Los programas institucionales en materia de capacitación, educación cívica y fortalecimiento de los partidos políticos;

V. La división del territorio que comprende el Estado en Distritos Electorales Uninominales y Municipios;

VI. El listado de partidos políticos y agrupaciones políticas registradas ante la autoridad electoral;

VII. El registro de candidatos a cargos de elección popular;

VIII. El monto de financiamiento público y su distribución de acuerdo a sus programas, otorgado a los partidos políticos, así como el monto autorizado de financiamiento privado para campañas electorales;

IX. Los informes entregados a la autoridad electoral sobre el origen, monto y destino de los recursos;

X. Los cómputos totales de las elecciones y procesos de participación ciudadana llevados a cabo en el Estado;

XI. Las auditorías concluidas, dictámenes y resoluciones a los partidos políticos; y

XII Las verificaciones que ordene el órgano correspondiente; (No se han llevado a cabo verificaciones)

 
 
 

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